Si eres titular de una concesión para el uso y aprovechamiento de agua, es importante que sepas que estás obligado a instalar un medidor y pagar los derechos por el consumo de agua que realizas, incluso si aún no has empezado a explotar el agua concesionada. Esto, además de los derechos que deberás pagar por la concesión otorgada. La obligación es particularmente relevante tratandose de aguas nacionales y de concesiones otorgadas por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
Recuerda que la CONAGUA es, también, una autoridad fiscal y cuenta con las facultades necesarias para practicar auditorías sobre el consumo de agua e, incluso, para presumir que éste se ha realizado y determinar la cantidad de líquido presuntamente usada. Por esto, es indispensable que cuentes con un medidor, aunque no te encuentres en la fase de aprovechamiento, pues con él podrás demostrar que no ha existido tal aprovechamiento.
¿Qué significa esto para ti?
- Instala un medidor: Aunque no estés utilizando el agua concesionada, debes instalar un medidor para registrar tu consumo.
- Informa a la CONAGUA: Si no vas a utilizar el agua por un periodo determinado, informa a la CONAGUA para evitar que te requieran el pago de derechos.
- Conserva la documentación: Guarda toda la documentación relacionada con tu concesión y el consumo de agua, como los reportes de lectura del medidor.
Recuerda: El pago de derechos por el uso y aprovechamiento del agua es una obligación legal y fiscal. Asegúrate de cumplir con la normativa para evitar sanciones y problemas legales.Si este post te llega tarde, recuerda que en Pérez Martínez Litigio y Consultoría contamos con amplia experiencia en derecho ambiental, administrativo y fiscal. Si tienes dudas sobre tus obligaciones como titular de una concesión de agua, necesitas asesoría legal, estas sujeto a facultades de comprobación de la CONAGUA o ya te determinó un crédito fiscal, no dudes en contactarnos.