InicioContratación públicaEl ABC de la Contratación Pública en México.

El ABC de la Contratación Pública en México.

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Introducción:

Existen pocos clientes con tantas necesidades, capacidades y presupuesto como un País. Para los proveedores en muchas industrias, los gobiernos pueden llegar a ser su único cliente. Como lo demuestra la Compra consolidada de medicamentos 2025-2026, México no es la excepción. Por eso, comprender el funcionamiento de la contratación pública es esencial para las empresas que buscan oportunidades en el sector gubernamental. Esta entrada ofrece una visión general de los aspectos básicos de la contratación pública en México.

Disposiciones aplicables.

Al tratarse de una república federal, en México, la contratación pública se rige por el marco federal para los contratos que celebra la federación, y por las normas locales para aquellos celebrados por las entidades federativas. A su vez, en los distintos niveles de gobierno existen poderes o entidades que tienen su propia normativa de contratación: por ejemplo, el Poder Judicial de la Federación o la Comisión Federal de Electricidad.

A nivel federal, por regla general, la contratación pública se rige por dos leyes, a saber:

  • La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que prevé las normas que regulan la contratación de obra pública y servicios afines.
  • La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que regula la compra y suministro de bienes, el arrendamiento de inmuebles y la contratación de servicios.

Tipos de Procedimientos de Contratación:

Por regla general, la legislación mexicana contempla tres distintos procedimientos de contratación:

  • Licitación Pública: El procedimiento más común y transparente. Se invita públicamente a los interesados a presentar propuestas, y se selecciona la mejor propuesta basada en criterios predefinidos.
  • Invitación a Cuando Menos Tres Personas: Se invita a un número limitado de proveedores a presentar propuestas. Este procedimiento se utiliza cuando la licitación pública no es factible o apropiada.
  • Adjudicación Directa: Se asigna el contrato a un proveedor específico sin competencia. Este procedimiento se reserva para situaciones excepcionales, como emergencias o cuando solo un proveedor puede satisfacer la necesidad.

Es posible encontrar algunas variantes de estos procedimientos y algunas normas pueden establecer figuras distintas a las narradas. Sin embargo, los procedimientos comunes son los tres que enlistamos antes.

Carácter de los Procedimientos:

Los procedimientos de contratación pública pueden tener diferentes caracteres, atendiendo a la nacionalidad de las personas que pueden participar en los procesos de contratación. Estos son:

  • Nacional: La convocatoria está abierta a empresas y personas físicas mexicanas, que ofrezcan productos elaborados con mano de obra mexicana y un contenido nacional mínimo.
  • Internacional bajo la cobertura de tratados: La convocatoria está abierta a empresas de países con los que México tiene tratados comerciales con un capítulo de compras públicas.
  • Internacional abierta: La convocatoria está abierta a empresas de cualquier país, independientemente de la existencia de tratados.

Al tratarse de contratos en los que el pago se realizará con cargo al presupuesto público, lo deseable sería que las licitaciones fueran nacionales. Sin embargo, para cumplir con nuestros socios comerciales, es necesario que abramos nuestros procedimientos a aquellos países con los que tenemos acuerdos comerciales.

Fases del Procedimiento:

Un procedimiento de contratación típico incluye las siguientes fases:

  1. Preparación: Se debería realizar el análisis de la necesidad y conveniencia de la contratación pública, así como elaborar la investigación que permita conocer las características del mercado, así como la existencia de oferta.  
  2. Convocatoria y junta de aclaraciones: Se anuncia públicamente la licitación o invitación, detallando los requisitos y condiciones. Estas no podrán variarse, salvo que las modificaciones se realicen con base en la ley.
  3. Presentación de Propuestas: Los proveedores interesados presentan sus propuestas técnicas y económicas.
  4. Evaluación de Propuestas: Se evalúan las propuestas y se selecciona la propuesta más ventajosa.
  5. Adjudicación del Contrato: Se formaliza el contrato con el proveedor seleccionado.
  6. Ejecución del Contrato: Se cumplen las obligaciones contractuales y se realizan los pagos correspondientes.

Impugnación (Inconformidad):

Cuando menos en aquellos procedimientos seguidos con base en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los proveedores que se consideren afectados por una decisión o acto en un procedimiento de contratación pueden inconformarse. La inconformidad es el medio de impugnación específico en estos casos y busca garantizar la legalidad y la equidad de los procesos, aunque en algunos casos puede resultar procedente el juicio contenicioso-administrativo o el juicio de amparo.

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