Desde principios de año, la Secretaría del Trabajo ha intensificado sus actividades de inspección, buscando asegurar que los empleadores cumplan con la Ley Federal del Trabajo. Dos áreas clave bajo escrutinio son (i) el cumplimiento de las regulaciones de subcontratación (“outsourcing”) y el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE), así como (ii) la inscripción de los trabajadores en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT).
El REPSE en el punto de mira
El cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el REPSE es crucial. Las inspecciones pueden llevar a la cancelación del registro si no se cumplen los requisitos, y el incumplimiento puede resultar en multas significativas tanto para proveedores como para sus clientes, llegando hasta 50,000 veces la UMA (más de cinco millones de pesos).
Renovación del REPSE: Un recordatorio clave
Es fundamental recordar que desde marzo de 2024 está en marcha el proceso de renovación del registro en el REPSE. Dependiendo de la fecha de otorgamiento del registro, las personas físicas o morales inscritas deben renovar su registro. Ante una visita de la Secretaría del Trabajo, no basta con demostrar que el proveedor obtuvo el registro; es esencial que éste esté vigente, renovado (si corresponde) y no haya sido cancelado. El registro tiene una vigencia de tres años y el calendario de renovación puede consultarse en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2024 (https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5717562&fecha=21/02/2024#gsc.tab=0).
Conclusión
Mantenerse al día con las regulaciones laborales, especialmente en áreas como la subcontratación y el REPSE, es esencial para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento legal. En materia del REPSE, es obligación de los proveedores y también de los clientes verificar que aquellos cuenten con su registro vigente, pues ambos pueden hacerse acreedores a una sanción en caso contrario. Si tiene dudas o necesita asesoramiento, no dude en contactarnos.
Nota: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Siempre consulte con un abogado calificado para obtener orientación específica sobre su situación.